La Contraloría controla la legalidad de los actos de la Administración y emite dictámenes que obligan a los servicios públicos. Le explicamos cómo funciona la toma de razón, quién puede reclamar y en qué plazos.
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oklegal.cl · ChileLa Contraloría General de la República es un órgano autónomo, consagrado en los artículos 98 y 99 de la Constitución, que controla la legalidad de los actos de la Administración del Estado y fiscaliza el uso de los fondos públicos. Su organización y atribuciones se regulan en la Ley 10.336, su ley orgánica.
Para quien trabaja en el sector público o contrata con él, importa porque revisa decretos y resoluciones mediante la toma de razón, emite dictámenes y resuelve reclamos de funcionarios por vicios de legalidad.
En OK Legal® preparamos reclamos y solicitudes de pronunciamiento ante la Contraloría, fundados en su jurisprudencia.
La Contraloría no es un tribunal, pero condiciona cómo los servicios aplican la ley.
Verifica que los actos de la Administración se ajusten a la ley, antes mediante la toma de razón y después mediante fiscalizaciones.
Examina el uso de los fondos públicos, practica auditorías y puede investigar irregularidades e instruir sumarios en los organismos fiscalizados.
Interpreta las normas administrativas a solicitud de servicios e interesados. Sus dictámenes forman la jurisprudencia administrativa.
Es el examen de juridicidad de ciertos actos antes de que se ejecuten. No todos pasan por este trámite.
Los decretos y resoluciones que la ley y la Contraloría no hayan eximido. Los demás se dictan sin control previo, pero pueden fiscalizarse después.
Si estima que un decreto o resolución es ilegal, no toma razón y lo representa a la autoridad, con sus fundamentos.
El Presidente puede insistir con la firma de todos sus ministros, y la Contraloría debe darle curso, con las excepciones del art. 99 de la Constitución.
La exención se fija por ley y por resolución de la Contraloría. Un acto exento puede revisarse después por otras vías.
El plazo y la forma dependen de quién reclama y de qué se pide.
Por vicios de legalidad que afecten derechos del estatuto, dentro de 10 días hábiles desde que conoce la situación (art. 160 de la Ley 18.834 y art. 156 de la Ley 18.883).
Si el reclamo se refiere a remuneraciones, asignaciones o viáticos, los estatutos fijan un plazo de 60 días.
Quienes postulan a concursos públicos y ven vulnerados sus derechos disponen de 10 días hábiles.
Servicios y particulares con interés pueden pedir un pronunciamiento sobre cómo aplicar una norma a un caso concreto.
Cualquier persona puede informar posibles irregularidades en un servicio público. La Contraloría decide si fiscaliza.
La Contraloría puede revisar sus criterios si hay antecedentes nuevos o un error. Conviene pedirlo pronto y bien fundado.
Una buena presentación cita la norma infringida y la jurisprudencia, y llega a tiempo.
Analizamos si conviene un reclamo estatutario, un dictamen, una denuncia o un recurso judicial, porque los plazos difieren.
Revisamos los dictámenes sobre su materia para citar criterios vigentes.
Contamos los 10 días hábiles desde el conocimiento y verificamos la prueba de esa fecha.
Presentamos sus solicitudes a distancia, con seguimiento del trámite.
"Tenemos experiencia demostrable y una confianza que nos respalda."
Carolina Pastén A. · Abogada FundadoraLos reclamos ante la Contraloría suelen combinarse con sumarios, reclamos municipales y acciones judiciales.
Defensa de funcionarios y particulares frente a la Administración del Estado.
Ver más → Administrativo · SumariosInvestigación sumaria, sumario, descargos, sanciones y recursos del funcionario.
Ver más → Administrativo · MunicipalReclamo contra decretos y resoluciones de la municipalidad ante la Corte de Apelaciones.
Ver más → Constitucional · RecursosAcción ante la Corte de Apelaciones por actos arbitrarios o ilegales que afectan sus derechos.
Ver más →Respondemos las dudas más comunes de funcionarios, empresas y particulares que acuden a la Contraloría.
Evaluaremos su caso, el plazo disponible y la vía más adecuada, y le explicaremos con claridad qué puede pedir.
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