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Contraloría · Dictámenes y Reclamos · oklegal.cl

Contraloría General de la República: Dictámenes, Toma de Razón y Reclamos de Funcionarios y Particulares

La Contraloría controla la legalidad de los actos de la Administración y emite dictámenes que obligan a los servicios públicos. Le explicamos cómo funciona la toma de razón, quién puede reclamar y en qué plazos.

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Qué es la Contraloría y por qué sus pronunciamientos importan

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La Contraloría General de la República es un órgano autónomo, consagrado en los artículos 98 y 99 de la Constitución, que controla la legalidad de los actos de la Administración del Estado y fiscaliza el uso de los fondos públicos. Su organización y atribuciones se regulan en la Ley 10.336, su ley orgánica.

Para quien trabaja en el sector público o contrata con él, importa porque revisa decretos y resoluciones mediante la toma de razón, emite dictámenes y resuelve reclamos de funcionarios por vicios de legalidad.

En OK Legal® preparamos reclamos y solicitudes de pronunciamiento ante la Contraloría, fundados en su jurisprudencia.

Control de legalidad, fiscalización y pronunciamientos jurídicos

La Contraloría no es un tribunal, pero condiciona cómo los servicios aplican la ley.

Control de legalidad

Verifica que los actos de la Administración se ajusten a la ley, antes mediante la toma de razón y después mediante fiscalizaciones.

Fiscalización y auditoría

Examina el uso de los fondos públicos, practica auditorías y puede investigar irregularidades e instruir sumarios en los organismos fiscalizados.

Dictámenes y jurisprudencia

Interpreta las normas administrativas a solicitud de servicios e interesados. Sus dictámenes forman la jurisprudencia administrativa.

Toma de razón

Cómo funciona el control preventivo de decretos y resoluciones

Es el examen de juridicidad de ciertos actos antes de que se ejecuten. No todos pasan por este trámite.

Qué actos se revisan

Los decretos y resoluciones que la ley y la Contraloría no hayan eximido. Los demás se dictan sin control previo, pero pueden fiscalizarse después.

Representación por ilegalidad

Si estima que un decreto o resolución es ilegal, no toma razón y lo representa a la autoridad, con sus fundamentos.

Decreto de insistencia

El Presidente puede insistir con la firma de todos sus ministros, y la Contraloría debe darle curso, con las excepciones del art. 99 de la Constitución.

Actos exentos

La exención se fija por ley y por resolución de la Contraloría. Un acto exento puede revisarse después por otras vías.

Qué se puede pedir a la Contraloría y en qué plazos

El plazo y la forma dependen de quién reclama y de qué se pide.

Reclamo de funcionarios

Por vicios de legalidad que afecten derechos del estatuto, dentro de 10 días hábiles desde que conoce la situación (art. 160 de la Ley 18.834 y art. 156 de la Ley 18.883).

Remuneraciones y viáticos

Si el reclamo se refiere a remuneraciones, asignaciones o viáticos, los estatutos fijan un plazo de 60 días.

Postulantes a concursos

Quienes postulan a concursos públicos y ven vulnerados sus derechos disponen de 10 días hábiles.

Solicitud de dictamen

Servicios y particulares con interés pueden pedir un pronunciamiento sobre cómo aplicar una norma a un caso concreto.

Denuncia o requerimiento de fiscalización

Cualquier persona puede informar posibles irregularidades en un servicio público. La Contraloría decide si fiscaliza.

Reconsideración de dictámenes

La Contraloría puede revisar sus criterios si hay antecedentes nuevos o un error. Conviene pedirlo pronto y bien fundado.

Presentaciones ante la Contraloría con fundamento y orden

Una buena presentación cita la norma infringida y la jurisprudencia, y llega a tiempo.

01

Elección de la vía correcta

Analizamos si conviene un reclamo estatutario, un dictamen, una denuncia o un recurso judicial, porque los plazos difieren.

02

Investigación de jurisprudencia

Revisamos los dictámenes sobre su materia para citar criterios vigentes.

03

Control estricto de plazos

Contamos los 10 días hábiles desde el conocimiento y verificamos la prueba de esa fecha.

04

Atención online en todo Chile

Presentamos sus solicitudes a distancia, con seguimiento del trámite.

CGR

"Tenemos experiencia demostrable y una confianza que nos respalda."

Carolina Pastén A. · Abogada Fundadora
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Otros servicios de derecho administrativo y recursos

Los reclamos ante la Contraloría suelen combinarse con sumarios, reclamos municipales y acciones judiciales.

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Defensa de funcionarios y particulares frente a la Administración del Estado.

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Preguntas frecuentes sobre la Contraloría y sus dictámenes

Respondemos las dudas más comunes de funcionarios, empresas y particulares que acuden a la Contraloría.

¿Qué es un dictamen de la Contraloría? +
Un dictamen de la Contraloría es un pronunciamiento jurídico mediante el cual el organismo interpreta cómo se aplica una norma a un caso. Es obligatorio para los servicios sometidos a su fiscalización y su conjunto forma la jurisprudencia administrativa, pero no obliga a los tribunales de justicia. Para saber cómo se aplican a su situación, consulte a los abogados de derecho administrativo.
¿Qué es la toma de razón? +
La toma de razón es el control preventivo de legalidad que la Contraloría realiza sobre ciertos decretos y resoluciones antes de que se ejecuten. Si el acto es legal, toma razón y puede cumplirse. Si lo estima ilegal, lo representa a la autoridad, y el Presidente puede insistir con la firma de todos sus ministros en los casos que permite la Constitución (art. 99).
¿Qué plazo tengo para reclamar ante la Contraloría si soy funcionario? +
El funcionario dispone de 10 días hábiles desde que conoce la situación, resolución o actuación que causa el vicio de legalidad (art. 160 de la Ley 18.834 y art. 156 de la Ley 18.883). Si el reclamo se refiere a beneficios ligados a remuneraciones, asignaciones o viáticos, el plazo es de 60 días. Los postulantes a concursos tienen 10 días hábiles. Cuente desde el conocimiento efectivo y guarde la prueba de esa fecha.
¿Cuánto demora la Contraloría en resolver un reclamo? +
En el reclamo estatutario, la autoridad debe informar dentro de 10 días hábiles desde que la Contraloría se lo pide, y luego esta tiene 20 días hábiles para resolver, con o sin informe. En las solicitudes de dictamen no existe un plazo único y la demora depende de la complejidad del asunto. Si su vínculo se rige por el Código del Trabajo y no por el Estatuto, la vía suele ser otra, como la de los abogados de derecho del trabajo.
¿Un particular puede presentar un reclamo ante la Contraloría? +
Sí, un particular puede presentar a la Contraloría una solicitud de pronunciamiento o una denuncia sobre la actuación ilegal de un servicio público. La Contraloría revisa la legalidad de la actuación, pero no reemplaza a los tribunales ni resuelve conflictos entre privados. Los reclamos estatutarios de 10 días hábiles son propios de funcionarios y postulantes a concursos. Describa los hechos con claridad y acompañe los documentos que los respaldan.
¿Qué documentos necesito para presentar un reclamo a la Contraloría? +
Necesita identificar al servicio, el acto u omisión que reclama, la norma que estima infringida y los documentos que acreditan los hechos, como la resolución, el decreto o la notificación recibida. Si es funcionario, acompañe además la prueba de la fecha en que tomó conocimiento, porque de ella depende el plazo. Para preparar el texto puede apoyarse en una asesoría legal previa.
¿Qué pasa si la Contraloría no se pronuncia o se declara incompetente? +
Si la Contraloría no resuelve o se declara incompetente, su situación no queda cerrada, porque puede evaluarse una acción judicial. Cuando el asunto está sometido a tribunales o es propio de la justicia, el organismo suele abstenerse de pronunciarse. Si el acto es ilegal o arbitrario y afecta un derecho constitucional, puede estudiarse un recurso de protección, cuyo plazo corre aparte y es breve, de modo que conviene no esperar.
¿Puedo reclamar a la Contraloría sin abogado? +
Sí, no se necesita abogado para presentar un reclamo o una solicitud ante la Contraloría, ya que se trata de un trámite administrativo. Sin embargo, la redacción jurídica, la cita de dictámenes y el control del plazo de 10 días hábiles son determinantes y un error puede hacer perder la oportunidad. Si su caso nace de una multa municipal, revise también el juzgado de policía local.

¿Necesita reclamar o consultar a la Contraloría?

Evaluaremos su caso, el plazo disponible y la vía más adecuada, y le explicaremos con claridad qué puede pedir.

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