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Ley 20.393 · oklegal.cl

Abogado Ley 20.393 en Chile: Protege a tu Empresa de la Responsabilidad Penal

Implementamos el Modelo de Prevención de Delitos (MPD) exigido por la Ley 20.393. Un MPD certificado protege a tu empresa de responsabilidad penal y mejora tu posición en licitaciones y contratos públicos.

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Ley 20.393 en Chile: obligaciones del Modelo de Prevención de Delitos para empresas

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La Ley 20.393 establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos como lavado de activos, cohecho, financiamiento del terrorismo y corrupción entre privados. La empresa puede eximirse o atenuar esa responsabilidad si cuenta con un Modelo de Prevención de Delitos certificado y efectivamente implementado.

Un MPD no es solo un documento: es un sistema de control interno que debe vivir en la organización. Requiere una estructura, protocolos, un oficial responsable y un programa de capacitación continua.

Componentes del Modelo de Prevención de Delitos

Un MPD certificado requiere cinco elementos esenciales que implementamos de forma integral.

Oficial de Cumplimiento

La ley exige designar un Oficial de Cumplimiento con facultades autónomas. Asesoramos en su designación, funciones y mecanismos de reporte al directorio.

Identificación de actividades de riesgo

Mapeamos los procesos de la empresa donde existe mayor riesgo de comisión de delitos: compras, licitaciones públicas, pagos a terceros, operaciones internacionales.

Protocolos y procedimientos de control

Redactamos los protocolos internos que minimizan los riesgos identificados: due diligence de proveedores, aprobaciones de pagos, declaraciones de conflicto de interés.

Canal de denuncias

Implementamos el canal de denuncias anónimas que la ley exige, con garantías de confidencialidad y no represalia hacia el denunciante.

Capacitación y cultura de cumplimiento

Diseñamos e impartimos el programa de capacitación para directivos, gerentes y empleados. El MPD debe ser conocido por toda la organización.

Servicios Complementarios

Más allá del MPD básico: certificación, auditoría e investigaciones internas

Acompañamos a la empresa durante todo el ciclo de vida del modelo de prevención.

Certificación por entidad acreditada

El MPD puede ser certificado por entidades acreditadas ante el INN. La certificación fortalece la defensa de la empresa en caso de investigación penal.

Actualización periódica

El MPD debe actualizarse cuando cambian las leyes o el modelo de negocio. Acompañamos a la empresa en esa actualización continua.

Investigaciones internas

Cuando se detecta una posible irregularidad, conducimos investigaciones internas confidenciales antes de que lleguen a la fiscalía.

Ventaja en licitaciones públicas

Un MPD certificado es valorado (y en algunas licitaciones requerido) por organismos del Estado al evaluar proveedores.

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Preguntas frecuentes sobre el modelo de prevención de delitos y la Ley 20.393

Resolvemos las consultas más comunes de empresas que quieren saber si necesitan un modelo de prevención y qué riesgo corren sin él.

¿Es obligatorio tener un modelo de prevención de delitos en Chile? +
Por regla general no es obligatorio para todas las empresas, pero sí es la forma de acreditar que se cumplió con los deberes de dirección y supervisión. La Ley 20.393 hace responsable a la persona jurídica cuando el delito fue favorecido o facilitado por la falta de implementación efectiva de un modelo adecuado de prevención (artículo 3). Algunos sujetos, como los obligados a informar a la UAF por la Ley 19.913, sí deben contar con sistemas de prevención propios. Conviene revisar su situación con una auditoría legal.
¿Qué delitos cubre la Ley 20.393? +
La Ley 20.393 abarca un catálogo de delitos por los que puede responder la persona jurídica, entre ellos lavado de activos, financiamiento del terrorismo, cohecho, receptación, corrupción entre privados, negociación incompatible, apropiación indebida y administración desleal. Ese catálogo se amplió con la Ley 21.595 sobre delitos económicos, por lo que conviene revisar el texto vigente antes de definir los riesgos. Por ejemplo, el delito de receptación puede darse en empresas que compran o comercializan mercadería de origen dudoso.
¿Qué pasa si mi empresa no tiene modelo de prevención y un trabajador comete un delito? +
La empresa puede ser sancionada penalmente si el delito se cometió en su ámbito, la benefició y fue facilitado por la falta de un modelo de prevención efectivo (Ley 20.393, artículo 3). Las penas pueden incluir multa, comiso, prohibición de contratar con el Estado, pérdida de beneficios fiscales y, en los casos más graves, la extinción o cancelación de la personalidad jurídica. Además, pueden perseguirse las responsabilidades penales de las personas naturales. Tener un modelo bien implementado no garantiza la exención, pero es el principal elemento de defensa de la empresa.
¿Qué elementos debe tener un modelo de prevención de delitos? +
El modelo debe incluir, al menos, la identificación de las actividades o procesos con riesgo de delito, protocolos y procedimientos de prevención y detección con canales seguros de denuncia y sanciones internas, la asignación de uno o más responsables con independencia, facultades de supervisión y acceso directo a la administración, y evaluaciones periódicas por terceros (Ley 20.393, artículo 4). La certificación por una entidad autorizada es voluntaria. Un modelo que solo existe en papel no cumple. Si hay denuncias internas, puede sumarse la auditoría contable forense.
¿Cuánto demora implementar un modelo de prevención de delitos? +
No hay un plazo fijo: depende del tamaño de la empresa, de la cantidad de procesos que deban analizarse y de cuánta documentación y controles existan hoy. Normalmente se parte con un diagnóstico de riesgos, luego se redactan políticas, protocolos y el canal de denuncias, y finalmente se capacita al personal y se designa al encargado de prevención. La implementación termina cuando el modelo funciona de forma efectiva, no cuando se firman los documentos, así que conviene definir etapas y responsables desde el comienzo.
¿Cuánto cuesta implementar un modelo de prevención de delitos? +
El costo no es único, porque depende del tamaño de la empresa, del número de procesos y sucursales, del nivel de riesgo de su giro, de si ya cuenta con políticas o controles y de si se busca además una certificación por entidad autorizada. Por eso conviene pedir una propuesta escrita que detalle el diagnóstico, los documentos que se elaborarán, la capacitación y el seguimiento posterior. Una pyme puede adoptar un modelo proporcionado a su realidad, sin la estructura que tendría una gran empresa.
¿Puede una pyme implementar un modelo de prevención de delitos? +
Sí, y la ley admite que el modelo se ajuste al tamaño, giro y complejidad de la empresa, de modo que una pyme no necesita la misma estructura que una gran compañía (Ley 20.393, artículo 4). Lo importante es que los riesgos estén identificados, que haya una persona responsable, que existan protocolos simples y un canal de denuncias, y que todo se aplique en la práctica. Si la empresa tiene trabajadores, también conviene coordinarlo con el compliance laboral.
¿Qué diferencia hay entre un modelo certificado y uno que no lo está? +
El modelo certificado fue revisado por una entidad certificadora autorizada, que verifica que cumple los requisitos de la ley, mientras que el no certificado es un modelo propio que la empresa implementa por su cuenta. La certificación es voluntaria y no reemplaza la implementación efectiva, pero es un antecedente que sirve ante la fiscalía y los tribunales (Ley 20.393, artículo 4). En ambos casos es clave documentar la aplicación del modelo y revisar los riesgos de protección de datos personales.

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Implementamos el MPD exigido por la Ley 20.393. Protege a tu empresa de la responsabilidad penal antes de que sea tarde.

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