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Reglamentos Internos · oklegal.cl

Abogado Laboral en Chile: Reglamentos Internos que Protegen tu Empresa

Redactamos y auditamos reglamentos internos de orden, higiene y seguridad ajustados a cada empresa. Un buen reglamento protege ante la Inspección del Trabajo y sirve de base para decisiones disciplinarias válidas.

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¿Qué debe incluir el reglamento interno de una empresa en Chile?

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El Código del Trabajo obliga a toda empresa con 10 o más trabajadores a tener un reglamento interno aprobado por la Dirección del Trabajo y entregado a cada empleado. Un reglamento genérico no protege a la empresa.

Las sanciones disciplinarias solo son válidas si el reglamento las contempla expresamente, si el procedimiento se siguió correctamente y si el documento cumple todos los requisitos legales. Redactamos y auditamos reglamentos a medida, adaptados a la realidad de cada organización.

Servicios de Reglamentos Internos

Desde la redacción inicial hasta la tramitación ante la Dirección del Trabajo.

Redacción de reglamento a medida

Redactamos el reglamento desde cero, ajustado a la industria, el tipo de empresa y su realidad laboral. No usamos plantillas genéricas.

Auditoría del reglamento existente

Si ya tienes un reglamento, lo auditamos: detectamos cláusulas ilegales, vacíos y falta de actualización ante nueva normativa (Ley Karin, teletrabajo, etc.).

Actualización y modernización

Actualizamos el reglamento para incorporar las obligaciones más recientes: protocolo Ley Karin, trabajo a distancia y desconexión digital.

Tramitación ante la Dirección del Trabajo

Gestionamos la presentación y aprobación del reglamento, incluyendo respuestas a las observaciones del organismo.

Capacitación al equipo de RRHH

Capacitamos a los encargados de RRHH sobre cómo aplicar el reglamento correctamente en procedimientos disciplinarios.

Normativa Complementaria

Protocolos obligatorios para empresas en Chile: Ley Karin, teletrabajo y más

El reglamento interno es el documento base, pero la normativa laboral exige protocolos adicionales que también implementamos.

Protocolo Ley Karin

La Ley 21.643 exige un protocolo de prevención de acoso laboral y sexual. Lo redactamos con canal de denuncias, procedimiento de investigación y sanciones.

Reglamento de teletrabajo

La Ley 21.220 regula el trabajo a distancia. Adaptamos el reglamento para cubrir jornada, disponibilidad, equipos, gastos y desconexión digital.

Política de uso de tecnología

Regula el uso de correo corporativo, sistemas y redes sociales. Protege a la empresa ante fugas de información o conductas inapropiadas.

Reglamento de seguridad y salud

Más allá del requisito legal, un buen reglamento de seguridad reduce los accidentes, las demandas y las multas de la Superintendencia de Seguridad Social.

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Otros Servicios de Auditoría Legal

Auditoría Legal Compliance Laboral Modelo de Prevención de Delitos Auditoría Contable y Forense Protección de Datos Personales

Preguntas frecuentes sobre reglamentos internos de empresa

Respondemos las consultas más habituales sobre cuándo es obligatorio el reglamento interno, qué debe contener y cómo evitar sanciones.

¿Es obligatorio el reglamento interno de orden, higiene y seguridad? +
Sí, es obligatorio para las empresas permanentes de diez o más trabajadores (artículo 153 del Código del Trabajo). Debe contener las obligaciones y prohibiciones de los trabajadores, las normas de higiene y seguridad y las sanciones aplicables. Las empresas con menos de diez trabajadores no están obligadas al reglamento de orden, pero sí deben tener normas de higiene y seguridad (Ley 16.744, artículo 67). Sin reglamento, la empresa pierde la base para aplicar sanciones disciplinarias. Revise también el compliance laboral de la empresa.
¿Qué debe incluir el reglamento interno? +
El reglamento debe indicar, entre otros contenidos, las normas sobre ingreso, horarios y descansos, las obligaciones y prohibiciones de los trabajadores, las sanciones y el procedimiento para aplicarlas, las normas de higiene y seguridad y el procedimiento de reclamo de los trabajadores (artículo 154 del Código del Trabajo). Tras la Ley 21.643, también debe incorporar el protocolo de prevención del acoso y violencia en el trabajo. Un reglamento redactado a medida del giro y de las prácticas reales de la empresa es más útil que una plantilla genérica.
¿Qué pasa si aplico una sanción que el reglamento no contempla? +
La sanción puede ser impugnada por el trabajador y quedar sin efecto, porque las sanciones disciplinarias deben estar previstas en el reglamento interno (artículo 154 del Código del Trabajo). Si el trabajador considera que la medida es injusta, puede reclamar ante la Inspección del Trabajo o demandar ante el juzgado laboral. Además, una sanción aplicada sin procedimiento ni respaldo puede usarse en contra de la empresa en un posterior juicio. Por eso conviene revisar el reglamento antes de sancionar y consultar con abogados laborales para empresas.
¿Puede el reglamento interno descontar sueldo como sanción? +
No como descuento libre: el reglamento solo puede contemplar amonestación verbal, amonestación escrita y multa de hasta el veinticinco por ciento de la remuneración diaria del infractor (artículo 154 del Código del Trabajo). Esa multa debe destinarse a fines establecidos por la ley, como fondos de bienestar o capacitación, y el trabajador puede reclamar. Los descuentos de remuneraciones están limitados por el artículo 58, de modo que cualquier otra deducción sin respaldo legal puede ser considerada ilegal.
¿Cada cuánto debo actualizar el reglamento interno? +
La ley no fija una periodicidad, pero el reglamento debe actualizarse cuando cambian las normas o las condiciones de la empresa, por ejemplo tras la Ley 21.643 sobre acoso y violencia laboral. Cada modificación debe darse a conocer a los trabajadores con treinta días de anticipación (artículo 156) y enviarse a la Dirección del Trabajo y al Ministerio de Salud dentro de los cinco días siguientes a su vigencia (artículo 153). Una revisión anual es una buena práctica, porque permite detectar desajustes entre lo escrito y lo que ocurre en la empresa.
¿Cómo se pone en vigencia un reglamento interno nuevo? +
El reglamento debe darse a conocer a los trabajadores con treinta días de anticipación a su entrada en vigencia, fijarse en al menos dos sitios visibles, entregarse copia a los sindicatos y comités paritarios y un ejemplar gratuito a cada trabajador (artículo 156 del Código del Trabajo). Además, se debe enviar copia a la Dirección del Trabajo y al Ministerio de Salud dentro de cinco días desde su vigencia (artículo 153), y esas autoridades pueden exigir cambios si alguna norma contraviene la ley. Cumplir esta publicidad es clave, porque una sanción basada en un reglamento no informado puede ser cuestionada.
¿Puedo usar el mismo reglamento en todas mis sucursales? +
Sí, siempre que las condiciones de trabajo sean similares en todas las sucursales, ya que el reglamento regula la empresa en su conjunto. Si hay diferencias relevantes, como turnos, riesgos de seguridad o funciones, conviene adaptarlo o incorporar anexos por sucursal. Lo importante es que sea comprensible y esté al alcance de todos los trabajadores. Si además hay trabajo remoto, revise las reglas sobre teletrabajo y trabajo a distancia, que exigen acuerdos específicos.
¿Cómo se incorpora el protocolo de la Ley Karin al reglamento? +
El protocolo de prevención del acoso sexual, el acoso laboral y la violencia en el trabajo debe formar parte del reglamento interno y contemplar el procedimiento de denuncia, investigación y sanción (Ley 21.643, artículo 211-A del Código del Trabajo). Las empresas sin reglamento obligatorio igualmente deben contar con el protocolo. Es recomendable que el equipo directivo y de recursos humanos conozca su aplicación práctica, por lo que puede apoyarse en capacitaciones sobre la Ley Karin.

¿Necesitas redactar o actualizar tu reglamento interno? Contáctenos hoy.

Redactamos reglamentos a medida y los tramitamos ante la Dirección del Trabajo. Tu empresa protegida desde adentro.

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