Registrar su marca le otorga un derecho exclusivo sobre ella en las clases que usted elija. Le explicamos cómo funciona el trámite ante INAPI, qué ocurre ante una oposición y cómo mantener vigente el registro.
"Estar OK Legal®, nunca fue tan fácil"
oklegal.cl · ChileEn Chile, las marcas comerciales se rigen por la Ley 19.039 de Propiedad Industrial y se registran ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial, conocido como INAPI. La marca es el signo que distingue productos o servicios en el mercado, como un nombre, un logotipo o una combinación de ambos. El registro otorga al titular el derecho de usarla de forma exclusiva en las clases para las que fue concedida y de impedir que terceros usen signos confundibles.
Sin registro, una marca queda expuesta a que otra persona la inscriba primero y exija luego que se deje de usar. Por eso conviene registrar antes de invertir en publicidad, packaging o dominio. En OK Legal® revisamos la disponibilidad del signo, definimos las clases que corresponden y tramitamos la solicitud hasta su resolución.
La Ley 19.039 fue modificada de forma sustancial por la Ley 21.355 (2021), que incorporó, por ejemplo, la acción de caducidad por falta de uso. Por esa razón verificamos siempre el texto vigente y la práctica actual de INAPI antes de presentar cualquier solicitud.
Antes de solicitar, conviene definir qué signo se protegerá y para qué productos o servicios. Esa decisión determina el alcance de su derecho.
Pueden registrarse nombres, palabras, logotipos y otros signos que distingan productos o servicios, siempre que no estén dentro de las prohibiciones que fija la ley, como los signos engañosos o los confundibles con marcas ya registradas.
Los productos y servicios se agrupan en clases según la Clasificación de Niza. La marca se registra para las clases que usted elija, y el derecho se limita a ellas. Escoger bien las clases es una decisión estratégica.
La marca distingue productos y servicios. Otros signos, como el nombre de la sociedad o el dominio web, no son lo mismo y tienen su propia regulación. Revisamos cómo coordinarlos con su marca.
La solicitud pasa por varias revisiones antes de convertirse en registro. En cada etapa pueden surgir observaciones u oposiciones de terceros.
INAPI verifica que la solicitud cumpla los requisitos formales. Si falta información, se pueden formular observaciones que deben subsanarse dentro del plazo que se indique.
Aceptada a trámite la solicitud, el solicitante debe pedir y pagar su publicación en el Diario Oficial. Desde esa publicación, los terceros que se consideren afectados pueden oponerse dentro del plazo legal. Esta publicación es una etapa esencial del trámite.
Un titular de marca anterior puede oponerse alegando riesgo de confusión u otros fundamentos. Asesoramos tanto a quien solicita como a quien se opone, y preparamos las respuestas y la prueba.
Haya o no oposición, INAPI analiza si el signo es registrable y si puede confundirse con marcas anteriores. Luego concede o rechaza el registro, y su decisión puede impugnarse ante el Tribunal de Propiedad Industrial.
El trámite combina análisis previo, presentación y seguimiento. Una buena preparación reduce el riesgo de rechazos y oposiciones.
Revisamos las marcas registradas y en trámite para detectar signos idénticos o parecidos que puedan generar un conflicto.
Identificamos los productos y servicios que usted ofrece o proyecta ofrecer, y los asignamos a las clases de Niza que correspondan.
Presentamos la solicitud ante INAPI con los datos del titular, el signo y la lista de productos y servicios.
Controlamos el avance de la solicitud, respondemos observaciones y, si hay oposiciones, preparamos la defensa.
Si se concede el registro, se emite el título de la marca. Si se rechaza, evaluamos los recursos disponibles.
El registro dura diez años contados desde su fecha de registro y puede renovarse por períodos sucesivos de diez años. Controlamos los vencimientos para que usted no pierda su derecho.
Registrar una marca es más que llenar un formulario. Le ayudamos a elegir bien el signo, las clases y la estrategia de defensa.
Evaluamos la probabilidad de oposición o rechazo antes de que usted invierta en una marca que podría no ser registrable.
Definimos un alcance de protección acorde con su negocio actual y con su proyección, sin dejar flancos desprotegidos.
Representamos al titular en oposiciones, nulidades y conflictos con quienes usan signos similares.
Tramitamos de forma remota, con seguimiento y avisos de los plazos importantes de su registro.
"Tenemos experiencia demostrable y una confianza que nos respalda."
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Revisaremos la disponibilidad de su signo y le explicaremos cómo registrarlo y mantenerlo vigente.
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