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Despido por Necesidades de la Empresa · oklegal.cl

Despido por Necesidades de la Empresa: Derechos, Indemnizaciones y Cómo Reclamar

El artículo 161 del Código del Trabajo permite a una empresa poner término a un contrato por razones económicas u organizacionales, pero exige una carta precisa y el pago de indemnizaciones. Revisamos si su despido cumple la ley.

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Qué es el despido por necesidades de la empresa y qué exige la ley

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El despido por necesidades de la empresa es una causal no imputable al trabajador. El artículo 161 del Código del Trabajo la describe como las necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, tales como la racionalización o modernización de los mismos, bajas en la productividad, cambios en las condiciones del mercado o de la economía, que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores.

Como el trabajador no tiene responsabilidad en los hechos, la ley exige una carta de aviso con requisitos específicos y el pago de indemnizaciones. Si la causal no existe o se invoca sin sustento, el despido puede declararse improcedente. En OK Legal® asesoramos tanto a trabajadores que quieren revisar su despido como a empresas que desean aplicar la causal correctamente.

Qué debe recibir el trabajador despedido por necesidades de la empresa

Cuando la causal es el artículo 161, la ley contempla indemnizaciones que deben pagarse al momento del término del contrato.

Indemnización por años de servicio

Si el contrato duró al menos un año, corresponde un mes de última remuneración por cada año de servicio o fracción superior a seis meses, con un máximo de once años, y la base de cálculo tiene un tope de 90 UF.

Aviso previo o su indemnización

El empleador debe avisar con treinta días de anticipación. Si no lo hace, debe pagar una indemnización sustitutiva equivalente a la última remuneración mensual, con el mismo tope legal.

Feriado y remuneraciones pendientes

Además deben pagarse el feriado proporcional, las remuneraciones del último período y cualquier otro concepto adeudado, que deben constar en el finiquito.

Requisitos formales

Requisitos de la carta de aviso de despido

Los errores formales en la carta son una fuente frecuente de reclamos. La ley exige contenido y plazos precisos.

Causal y hechos que la fundan

La carta debe indicar la causal invocada y los hechos en que se funda. Una descripción genérica, como «necesidades de la empresa», sin explicar cuáles, puede ser insuficiente.

Estado de las cotizaciones

Debe informarse el estado de pago de las cotizaciones previsionales y de salud, acompañando los comprobantes que lo demuestren. Si no están al día, el despido no pone término al contrato y el empleador debe seguir pagando las remuneraciones hasta regularizar las cotizaciones (nulidad del despido).

Entrega y copia a la Inspección

La carta se entrega personalmente o por carta certificada, y se envía copia a la Inspección del Trabajo dentro de tres días hábiles desde la separación.

Aviso con treinta días o indemnización

La comunicación debe hacerse con treinta días de anticipación, salvo que se pague la indemnización sustitutiva del aviso previo.

Cómo reclamar un despido por necesidades de la empresa que no corresponde

Si la causal no existía o se usó para encubrir otro motivo, el trabajador puede demandar dentro de un plazo breve.

Revisión del caso

Analizamos la carta, el contexto de la empresa y si hubo contratación de reemplazo o cambios que contradigan la causal invocada.

Plazo de 60 días hábiles

La demanda por despido improcedente debe presentarse dentro de sesenta días hábiles desde la separación. Controlamos el plazo desde el inicio.

Reclamo ante la Inspección

Cuando conviene, se realiza el reclamo administrativo ante la Inspección del Trabajo, que puede suspender el plazo para demandar.

Demanda ante el tribunal

Presentamos la demanda por despido improcedente y cobro de prestaciones, y si corresponde, por nulidad del despido o tutela laboral.

Audiencias

Participamos en las audiencias preparatoria y de juicio, donde el empleador debe acreditar las necesidades de la empresa que invocó.

Sentencia y cobro

Si se declara improcedente, el tribunal ordena pagar las indemnizaciones con un recargo legal del treinta por ciento sobre la de años de servicio.

Asesoría para ambos lados del despido por necesidades de la empresa

Conocer cómo se redacta correctamente la carta y cómo se impugna permite proteger los derechos del trabajador y evitar demandas a la empresa.

01

Revisión de cartas y finiquitos

Analizamos si la carta cumple los requisitos y si el finiquito incluye todos los conceptos que corresponden.

02

Defensa del trabajador

Demandamos cuando la causal no se sostiene, cuidando los plazos y reuniendo la prueba que desvirtúa las necesidades invocadas.

03

Asesoría preventiva a empresas

Ayudamos a las empresas a documentar las necesidades económicas y a aplicar la causal sin exponerse a recargos ni nulidad.

04

Atención online en todo Chile

Revisamos documentos y tramitamos a distancia, con comunicación directa y plazos controlados.

ART. 161

"Tenemos experiencia demostrable y una confianza que nos respalda."

Carolina Pastén A. · Abogada Fundadora
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Preguntas frecuentes sobre el despido por necesidades de la empresa

Respondemos las consultas reales de trabajadores y empleadores sobre indemnizaciones, plazos y reclamos.

¿Cuánto me corresponde de indemnización si me despiden por necesidades de la empresa? +
En el despido por necesidades de la empresa corresponde una indemnización de un mes de última remuneración por cada año de servicio o fracción superior a seis meses, con un máximo de once años (artículo 163 del Código del Trabajo). La remuneración usada para el cálculo tiene un tope de 90 UF (artículo 172). Si no hubo aviso con treinta días de anticipación, se suma la indemnización sustitutiva del aviso previo. El monto depende de su antigüedad y remuneración; antes de firmar, conviene revisar el finiquito laboral con un abogado.
¿Qué plazo tengo para reclamar un despido por necesidades de la empresa? +
El plazo para reclamar un despido por necesidades de la empresa que considera injustificado es de sesenta días hábiles contados desde la separación (artículo 168 del Código del Trabajo). Si presenta un reclamo ante la Inspección del Trabajo dentro de ese plazo, el plazo se suspende, pero en ningún caso se puede recurrir al tribunal una vez transcurridos noventa días hábiles desde la separación. Es un plazo breve, por lo que conviene decidir pronto cómo preparar la demanda por despido injustificado.
¿Qué diferencia hay entre el despido por necesidades de la empresa y la renuncia o el mutuo acuerdo? +
El despido por necesidades de la empresa (artículo 161) lo decide el empleador, exige carta de aviso y genera indemnización por años de servicio. La renuncia (artículo 159 N°2) la decide el trabajador y el mutuo acuerdo (artículo 159 N°1) se pacta entre ambos; en ninguno hay indemnización por años de servicio, salvo que se haya acordado. Firmar una renuncia cuando en la práctica hubo un despido puede costar derechos. Antes de firmar, revise las reglas de la renuncia voluntaria y el mutuo acuerdo.
¿Qué pasa si la carta de despido por necesidades de la empresa no explica los hechos? +
La carta de despido por necesidades de la empresa debe indicar la causal, los hechos en que se funda y el estado de pago de las cotizaciones, y se entrega con al menos treinta días de anticipación y copia a la Inspección del Trabajo, salvo que se pague la indemnización sustitutiva del aviso previo (artículo 162). Si la carta solo repite la causal sin explicar los hechos, puede alegarse en juicio, y en el juicio por despido corresponde al empleador acreditar los hechos que invocó (artículo 454 N°1). Pida siempre copia de la carta y consulte con abogados laborales para trabajadores y empresas antes de firmar.
¿Qué pasa si la empresa no pagó mis cotizaciones al despedirme? +
Si el empleador no tenía al día las cotizaciones previsionales y de salud al despedir, el despido no pone término al contrato de trabajo (artículo 162, incisos quinto a séptimo, Código del Trabajo, conocido como Ley Bustos). El empleador puede convalidarlo pagando la deuda, pero mientras no lo haga debe seguir pagando las remuneraciones y prestaciones del contrato. Revise sus certificados de cotizaciones y la carta de despido, y evalúe con un abogado la nulidad del despido por cotizaciones impagas.
¿Qué pasa si me despiden por necesidades de la empresa y contratan a otra persona para mi puesto? +
Si la empresa contrata a otra persona para el mismo puesto poco después de despedir por necesidades de la empresa, el trabajador puede presentarlo como indicio de que la causal no era real. No basta por sí solo: el tribunal evalúa si hubo reorganización, supresión del cargo u otro hecho que la justifique. Si declara el despido injustificado, ordena pagar las indemnizaciones con un recargo del treinta por ciento sobre la indemnización por años de servicio (artículo 168, letra a). Guarde avisos de empleo, mensajes y cualquier prueba del reemplazo.
¿Pueden despedirme por necesidades de la empresa si estoy embarazada o tengo fuero? +
Una trabajadora embarazada no puede ser despedida por necesidades de la empresa, porque goza de fuero maternal desde el inicio del embarazo y hasta un año después de terminado el descanso de maternidad (artículo 201 del Código del Trabajo). Los trabajadores con fuero solo pueden ser despedidos con autorización previa del juez, y esa autorización procede únicamente por las causales de los números 4 y 5 del artículo 159 y las del artículo 160 (artículo 174). Si le ocurrió, actúe de inmediato, porque los plazos corren.
¿Puedo firmar el finiquito y reclamar después si el despido no corresponde? +
Sí, es posible firmar el finiquito y reclamar después, siempre que se deje constancia de la reserva de derechos y se respete el plazo de sesenta días hábiles del artículo 168 del Código del Trabajo. La reserva evita que se entienda que renunció a reclamar, pero su alcance depende de cómo esté redactada. Un finiquito ratificado tiene poder liberatorio respecto de lo que consigna (artículo 177). Antes de firmar, revise cómo anotar la reserva de derechos en el finiquito para no perder acciones.

¿Lo despidieron por necesidades de la empresa? Revisemos su caso

Envíenos su carta de despido y le diremos si cumple los requisitos y qué opciones tiene.

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