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Gobierno Corporativo · oklegal.cl

Abogado de Gobierno Corporativo en Chile: Estructuras de Control que Protegen a tu Empresa

Asesoramos a directorios, gerencias y accionistas en el diseño e implementación de estructuras de gobierno corporativo: estatutos, pactos de accionistas, reglamentos de directorio y cumplimiento normativo.

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¿Qué hace un abogado de gobierno corporativo en Chile?

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Un buen gobierno corporativo protege a los socios, facilita la toma de decisiones y previene conflictos internos. La Ley 18.046 regula las SA y establece obligaciones específicas para directores y gerentes.

Las SpA y SRL también se benefician de estructuras claras que definan las reglas del juego entre socios y administradores. Asesoramos en el diseño de esas reglas antes de que surjan los problemas.

Gobierno corporativo: lo que estructuramos para tu empresa

Cubrimos todas las dimensiones del gobierno corporativo, desde los estatutos hasta el cumplimiento regulatorio ante la CMF.

Reglamentos de directorio

Redactamos el reglamento interno del directorio: quórum, funciones de cada director, protocolos de votación y manejo de conflictos de interés.

Pactos de accionistas

Acordamos y documentamos las reglas entre socios: preferencias de compra, drag-along, tag-along, cláusulas de no competencia y mecanismos de salida ordenada.

Responsabilidad de directores

Asesoramos a directores sobre sus obligaciones legales y las acciones para limitar su responsabilidad personal frente a terceros y a la propia sociedad.

Políticas de conflicto de interés

Diseñamos políticas para que los administradores declaren y gestionen sus conflictos de interés de forma transparente y conforme a la ley.

Cumplimiento normativo CMF

Para las SA abiertas y entidades supervisadas, asesoramos en el cumplimiento de las normas de la Comisión para el Mercado Financiero.

Por qué importa

Beneficios del gobierno corporativo para empresas en Chile

Una estructura bien diseñada protege el patrimonio, atrae inversión y facilita la continuidad del negocio.

Prevención de conflictos entre socios

Las reglas claras reducen la probabilidad de disputas internas que pueden paralizar la empresa o derivar en litigios costosos.

Acceso a financiamiento

Los inversionistas y entidades financieras valoran las empresas con gobierno corporativo ordenado. Facilita el acceso a capital y mejora las condiciones.

Sucesión ordenada

Un buen gobierno contempla los protocolos de sucesión: qué pasa si fallece un socio, cómo se valorizan las participaciones, quién toma el control.

Protección del patrimonio personal

Una estructura bien diseñada protege el patrimonio personal de los socios de las contingencias de la empresa.

Derecho Comercial

Otros servicios de derecho comercial

Derecho Comercial Constitución de Empresas Fusiones y Adquisiciones Contratos Mercantiles Due Diligence

Preguntas frecuentes sobre gobierno corporativo en Chile

Directorio, pactos de accionistas y responsabilidad de directores: lo básico para ordenar el gobierno de una empresa.

¿Qué es el gobierno corporativo y para qué sirve? +
El gobierno corporativo es el conjunto de reglas y prácticas que determinan cómo se administra y controla una sociedad, y cómo se relacionan los accionistas, el directorio y la gerencia. En una empresa privada se concreta en los estatutos, los pactos de accionistas, los reglamentos internos y las políticas sobre conflictos de interés. Sirve para prevenir disputas entre socios, ordenar la toma de decisiones y entregar confianza a bancos e inversionistas. Para las sociedades anónimas abiertas hay exigencias adicionales de la Comisión para el Mercado Financiero.
¿Es obligatorio tener un directorio en una SpA? +
No. En la SpA la administración se rige por lo que digan los estatutos, que pueden entregarla a un administrador o gerente, al accionista único o a un directorio, y en lo no previsto se aplican supletoriamente las normas de las sociedades anónimas cerradas (artículo 424 del Código de Comercio). La sociedad anónima sí debe tener directorio (artículo 31 de la Ley 18.046). Si hay varios socios, el directorio ayuda a ordenar las decisiones. Revise el tipo de sociedad adecuado en constitución de empresas.
¿Cuándo conviene firmar un pacto de accionistas? +
Conviene firmarlo antes de que aparezca un conflicto, idealmente al constituir la sociedad o al incorporar nuevos socios o inversionistas, porque es más fácil acordar reglas cuando no hay disputas. Un pacto puede regular la administración, las mayorías para decisiones relevantes, las restricciones para vender acciones, el derecho preferente de compra y la forma de salir de la sociedad. Es un contrato que obliga a quienes lo firman, y para que sea oponible a la sociedad o a terceros debe cumplir los requisitos que dependen del tipo social. Ver también acuerdo de fundadores en startups.
¿Qué es el derecho de arrastre (drag-along) y el tag-along? +
El derecho de arrastre permite a los accionistas mayoritarios obligar a los minoritarios a vender sus acciones, en las mismas condiciones, cuando un tercero quiere comprar la empresa. El tag-along es el derecho de los minoritarios a sumarse a esa venta en los mismos términos. Ninguno nace de la ley para empresas privadas: existen solo si se pactan en los estatutos o en un pacto de accionistas, y su redacción debe precisar el porcentaje que lo activa, el precio y los plazos. Son útiles en una venta de la empresa.
¿Pueden los directores responder con su patrimonio personal? +
Sí. Los directores de una sociedad anónima deben emplear el cuidado y diligencia que los hombres ordinariamente emplean en sus propios negocios, y responden de los perjuicios causados a la sociedad y a los accionistas por sus actuaciones dolosas o culpables, de forma solidaria cuando son varios (artículo 41 de la Ley 18.046). Pueden existir además responsabilidades laborales, tributarias o penales según el caso. Documentar las decisiones y contar con políticas internas reduce el riesgo, junto con un modelo de prevención de delitos cuando corresponde.
¿Qué son los conflictos de interés y cómo se regulan? +
Un conflicto de interés ocurre cuando un director, gerente o accionista relevante tiene un interés propio en una decisión de la sociedad, como contratar a una empresa vinculada. En las sociedades anónimas abiertas, las operaciones con partes relacionadas se rigen por el Título XVI de la Ley 18.046 (artículo 146 y siguientes), que exige que contribuyan al interés social, tengan condiciones de mercado y sean aprobadas por el directorio, sin contar a los directores involucrados. En empresas privadas conviene fijar reglas propias en los estatutos o políticas internas, y es útil una auditoría de reglamentos internos.
¿Qué obligaciones adicionales tienen las sociedades anónimas abiertas? +
Las sociedades anónimas abiertas están sujetas a la supervisión de la Comisión para el Mercado Financiero y a más exigencias de información que las cerradas. Deben contar con auditores externos independientes (artículo 52 de la Ley 18.046) y, cuando alcanzan cierto patrimonio bursátil, con un comité de directores (artículo 50 bis). También rigen reglas más estrictas para operaciones con partes relacionadas. Las sociedades por acciones y las anónimas cerradas tienen más libertad, pero sus estatutos pueden incorporar voluntariamente prácticas similares si los socios lo desean.
¿Cómo ordenar el gobierno de una empresa familiar o con pocos socios? +
En una empresa familiar o de pocos socios conviene combinar estatutos claros con un pacto de accionistas y reglas internas sobre quién administra, cómo se retiran utilidades, cómo se resuelven desacuerdos y qué ocurre si un socio fallece o quiere salir. No existe un modelo único: se diseña según los socios y el negocio. La sucesión se planifica con anticipación, considerando las reglas de herencia y, cuando corresponde, la redacción de testamentos y contratos, para evitar que una disputa familiar paralice la empresa.

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