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Liquidación de Sociedad Conyugal: División Justa del Patrimonio

Asesoría legal con experiencia para liquidar la sociedad conyugal tras divorcio o separación. Protege tu patrimonio con abogados con experiencia en derecho de familia patrimonial.

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Qué es la Liquidación de Sociedad Conyugal

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La sociedad conyugal es el régimen patrimonial más común en Chile para los matrimonios celebrados sin capitulaciones. Al terminar el matrimonio por divorcio, nulidad o muerte, los bienes comunes deben dividirse mediante un proceso de liquidación. Sin asesoría adecuada, es fácil perder derechos sobre bienes que legalmente te corresponden.

Nuestros abogados con experiencia en derecho de familia patrimonial te representan en la liquidación, ya sea de forma extrajudicial mediante acuerdo o mediante juicio de partición ante los tribunales. El objetivo es asegurar que recibas lo que te corresponde de manera justa y documentada.

Qué Incluye la Sociedad Conyugal

La liquidación comprende todos los bienes y deudas generados durante el matrimonio bajo este régimen.

Bienes Inmuebles

Propiedades adquiridas durante el matrimonio: casas, departamentos, terrenos y locales comerciales del haber social.

Cuentas y Ahorros

División de cuentas bancarias, fondos de ahorro, AFP y otros activos financieros acumulados durante la vida conyugal.

Vehículos y Muebles

Asignación de bienes muebles, vehículos, maquinaria y equipos según su valor y titularidad al momento de la liquidación.

Deudas del Matrimonio

Determinación y reparto de las deudas del haber social: créditos hipotecarios, préstamos y obligaciones comunes.

Proceso de Liquidación

Vías para Liquidar la Sociedad Conyugal

Existen dos caminos principales: acuerdo extrajudicial entre partes o liquidación judicial mediante juicio de partición.

Acuerdo Extrajudicial

Redacción de escritura pública de liquidación de mutuo acuerdo, la vía más rápida y económica cuando hay disposición de ambas partes.

Juicio de Partición

Liquidación judicial ante partidor nombrado por el tribunal cuando no hay acuerdo, garantizando una división imparcial del patrimonio.

Medidas Cautelares

Solicitud de medidas para proteger bienes comunes durante el proceso y evitar que uno de los cónyuges los enajene o deteriore.

Cómo Protegemos tus Derechos en la Liquidación

Identificamos todos los bienes que te corresponden y evitamos que queden fuera del inventario o sean subvalorados.

Levantamiento de Bienes

Investigación y catastro completo del patrimonio conyugal para que no quede ningún bien fuera de la liquidación.

Valoración Pericial

Coordinación de tasaciones profesionales para asegurar que los bienes se dividan a su valor real de mercado.

Recompensas Conyugales

Identificación y cobro de recompensas: compensaciones por bienes propios aportados al haber social que deben restituirse.

Compensación Económica

Asesoría en la compensación económica al cónyuge que sacrificó desarrollo laboral durante el matrimonio.

Por Que Elegirnos para tu Liquidación

01

Trayectoria Patrimonial

Combinamos derecho de familia con análisis patrimonial profundo para que no pierdas ningún bien que te corresponde.

02

Negociación Estratégica

Intentamos resolver por acuerdo antes de ir a juicio, ahorrándote tiempo, dinero y desgaste emocional innecesario.

03

Discreción y Empatía

Entendemos que este proceso va acompañado de una separación difícil. Trabajamos con respeto y confidencialidad absoluta.

04

Resultado Documentado

Al finalizar, tienes escrituras, resoluciones y registros que acreditan claramente la propiedad de cada bien asignado.

LEY

"Tenemos experiencia demostrable y una confianza que nos respalda."

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Cuéntanos tu situación y te orientamos sobre la mejor estrategia para dividir el patrimonio de forma justa y rápida.

Primera Consulta

Evaluación inicial de los bienes comunes, deudas y derechos de cada parte para definir la estrategia de liquidación.

Acuerdo o Juicio

Te explicamos con honestidad si conviene intentar acuerdo primero o ir directamente a juicio de partición según tu caso.

Acompañamiento Total

Desde el inventario hasta la inscripción de bienes en el Conservador de Bienes Raíces, te acompañamos en todo el proceso.

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Preguntas frecuentes sobre la liquidación de la sociedad conyugal en Chile

Explicamos cuándo se liquida, qué bienes se reparten y cómo se hace la liquidación con o sin juicio.

¿Cuándo termina la sociedad conyugal y hay que liquidarla? +
La sociedad conyugal termina por la disolución del matrimonio, por sentencia de separación judicial o de separación de bienes, y por el pacto de separación total de bienes o de participación en los gananciales (artículo 1764 del Código Civil). Una vez disuelta, los bienes sociales quedan en comunidad y deben inventariarse, tasarse y repartirse. No es obligatorio liquidar de inmediato, pero mientras no se haga, la comunidad persiste y puede generar conflictos. Si el motivo es un divorcio, revise el caso del divorcio de mutuo acuerdo.
¿Qué bienes entran en la liquidación de la sociedad conyugal? +
Entran los bienes del haber social, en especial las remuneraciones y bienes adquiridos a título oneroso durante el matrimonio, y las deudas sociales (artículos 1725 y siguientes del Código Civil). No entran, en principio, los bienes propios de cada cónyuge, como los adquiridos antes del matrimonio o los recibidos por herencia o donación durante él, aunque pueden generar recompensas a favor del cónyuge que los aportó. Determinar qué es social y qué es propio exige revisar los títulos de cada bien. Si el hogar común está en discusión, vea el bien familiar.
¿Cómo se reparten los bienes y qué son las recompensas? +
Los gananciales se dividen por mitad entre los cónyuges, o entre uno de ellos y los herederos del otro (artículo 1774 del Código Civil), una vez pagadas las deudas sociales. Las recompensas son compensaciones que la sociedad debe a un cónyuge, o este a la sociedad, por bienes propios usados para beneficio social o por beneficios sociales empleados en bienes propios (artículos 1733 y siguientes). La mujer puede renunciar a los gananciales (artículo 1781). Todo esto afecta el resultado final, por lo que conviene calcularlo con un listado de bienes y deudas. Si hay otros reclamos, revise la compensación económica.
¿Se puede liquidar la sociedad conyugal sin juicio? +
Sí, si ambos cónyuges, o uno de ellos y los herederos del otro, son capaces y están de acuerdo, pueden liquidar la sociedad por escritura pública y hacer las inscripciones necesarias si hay inmuebles (artículo 1325 del Código Civil, por remisión del artículo 1776). Si no hay acuerdo, se pide la partición ante un partidor, que se rige por las reglas de la partición de herencia. Es la vía más rápida y económica cuando existe disposición al diálogo. Las reglas generales sobre dividir bienes en común se explican en la copropiedad y partición de bienes.
¿Cuánto demora la liquidación de la sociedad conyugal? +
No hay un plazo único: con acuerdo, puede cerrarse en el tiempo que tomen el inventario, las tasaciones y la escritura pública, mientras que si hay disputa y se llega a juicio ante partidor, la duración depende del número de bienes, de las tasaciones y de la agenda del partidor, que dispone de dos años para su encargo (artículo 1332). Los bienes inmuebles agregan trámites de inscripción. Preparar desde el inicio un listado completo de bienes y deudas es lo que más ayuda a evitar demoras. Pida un cronograma estimado al abogado que lleve el caso.
¿Cuánto cuesta liquidar la sociedad conyugal? +
El costo depende del valor y la cantidad de bienes, de si hay acuerdo o juicio y de los honorarios que se pacten. Se suman los gastos de tasaciones o peritajes, los aranceles notariales y las inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces, además del honorario del partidor si hay juicio. No existe un valor fijo, por lo que conviene pedir un presupuesto por escrito que separe cada concepto. Si entre los bienes hay inmuebles, una revisión previa de títulos con asesoría legal en inmuebles evita sorpresas en el reparto.
¿Qué documentos necesito para liquidar la sociedad conyugal? +
En general se necesitan el certificado de matrimonio con sus subinscripciones, la sentencia de divorcio o de separación de bienes, las cédulas de identidad y los antecedentes de los bienes: escrituras, certificados de dominio vigente de los inmuebles, padrones de vehículos y cartolas bancarias. También se reúnen los créditos y deudas que afecten a los bienes. Con eso se elabora el inventario y la tasación. Si requiere orientar el conjunto del conflicto familiar, vea el área de derecho de familia y divorcio.
¿Qué pasa si mi cónyuge vendió o ocultó bienes de la sociedad? +
Mientras dura la sociedad conyugal, el marido administra los bienes sociales y necesita autorización de la mujer para enajenar los inmuebles sociales (artículo 1749 del Código Civil). Si se vendió un bien sin ella, o se ocultó patrimonio, pueden existir acciones para pedir su nulidad o que se considere en la liquidación. Durante el juicio se pueden pedir medidas precautorias, como prohibiciones de enajenar, para evitar que los bienes salgan del patrimonio (artículo 290 del Código de Procedimiento Civil). Conviene actuar rápido y reunir todo antecedente del bien.

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