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Ley 20.720 · Insolvencia · oklegal.cl

Ley 20.720 en Chile: Reorganización, Liquidación y Renegociación de Deudas

La Ley 20.720 regula los procedimientos concursales para empresas y personas que no pueden pagar sus deudas. Le explicamos cuándo conviene reorganizar, liquidar o renegociar, y qué papel cumplen el veedor, el liquidador y la Superintendencia.

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Qué es la Ley 20.720 y para quién sirve

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La Ley 20.720 es la norma chilena que reemplazó el antiguo régimen de quiebras y establece los procedimientos concursales de reorganización y liquidación de activos de empresas y personas. Su finalidad es ordenar el tratamiento de las deudas cuando el deudor no puede cumplirlas, ya sea para reestructurarlas y seguir operando, o para liquidar los bienes y repartir su producto entre los acreedores.

Existen caminos distintos según quién sea el deudor. Para una empresa deudora, la ley contempla un procedimiento de reorganización y otro de liquidación. Para una persona deudora, contempla la renegociación y la liquidación. En OK Legal® analizamos su situación financiera y jurídica, evaluamos qué procedimiento resulta más conveniente y representamos a deudores y acreedores ante los tribunales y la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.

Actuar a tiempo suele marcar la diferencia. Cuando las deudas se acumulan, las demandas ejecutivas y los embargos pueden multiplicarse, y una decisión tardía reduce las alternativas disponibles. Una evaluación temprana permite elegir con calma entre negociar con los acreedores, reorganizar la empresa o liquidar de manera ordenada.

Reorganización, liquidación y renegociación: cuál corresponde

La Ley 20.720 ofrece herramientas diferentes. La elección depende de si el deudor es una empresa o una persona, y de si el negocio tiene posibilidades reales de continuar.

Reorganización de la empresa deudora

Permite a una empresa con dificultades proponer a sus acreedores un acuerdo para reestructurar sus pasivos y continuar operando. Se tramita ante el tribunal civil competente y busca preservar la actividad económica.

Liquidación de bienes

Procede cuando no hay viabilidad de continuar o cuando no se logra un acuerdo. Se realizan los bienes del deudor y su producto se destina a pagar a los acreedores según el orden legal. Existe liquidación de empresa deudora y de persona deudora.

Renegociación de la persona deudora

Es un procedimiento para personas naturales que no tienen la calidad de empresa. Se tramita ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento y busca acordar con los acreedores una nueva forma de pago de las deudas.

Quiénes intervienen

Superintendencia, veedor, liquidador y acreedores: sus funciones

Los procedimientos concursales cuentan con intervinientes con funciones propias. Conocer su rol ayuda a anticipar cada etapa.

Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento

Es el organismo público que fiscaliza y orienta los procedimientos concursales, lleva los registros de los profesionales que actúan en ellos y tramita la renegociación de la persona deudora.

Veedor

Es el profesional que actúa en el procedimiento de reorganización. Entre otras funciones, fiscaliza la administración del deudor durante la protección financiera concursal y colabora con la verificación de los créditos y con la propuesta de acuerdo.

Liquidador

Es el profesional que, en la liquidación, se hace cargo de los bienes del deudor, los realiza y reparte su producto entre los acreedores. Su designación y su actuación se rigen por la ley.

Acreedores

Deben verificar sus créditos en el procedimiento y participan en las juntas donde se decide, por ejemplo, si se aprueba un acuerdo de reorganización. Los créditos tienen prelación según su naturaleza.

Cómo se desarrolla un procedimiento concursal paso a paso

Cada procedimiento tiene sus propias etapas y exigencias de forma. En términos generales, el camino suele seguir este orden.

Diagnóstico

Revisamos activos, pasivos, juicios en curso, garantías y flujo de caja, para determinar si conviene negociar, reorganizar, liquidar o renegociar.

Preparación de antecedentes

Reunimos los estados financieros, la lista de acreedores y los antecedentes que la ley exige para presentar la solicitud correspondiente.

Presentación de la solicitud

Presentamos la solicitud ante el tribunal o ante la Superintendencia, según el procedimiento elegido. También asesoramos a acreedores que desean pedir la liquidación de un deudor.

Verificación de créditos

Los acreedores presentan y acreditan sus créditos. Asistimos a deudores y acreedores en la revisión, el reconocimiento y la impugnación de créditos.

Acuerdo o realización de bienes

En la reorganización se negocia y vota el acuerdo con los acreedores. En la liquidación, el liquidador realiza los bienes y distribuye el producto.

Término del procedimiento

El procedimiento termina según las reglas de la ley, por cumplimiento del acuerdo, por la realización completa de los bienes o por otra causa legal. Revisamos sus efectos para el deudor.

Orientación clara en una etapa financiera difícil

Un procedimiento concursal exige decisiones con consecuencias jurídicas y económicas. Le acompañamos con información precisa y sin promesas irreales.

01

Evaluación realista de las alternativas

Analizamos si la empresa es viable, si conviene negociar fuera del procedimiento o si corresponde un trámite formal, y le explicamos riesgos y efectos de cada camino.

02

Representación de deudores y acreedores

Asesoramos tanto a quien debe como a quien cobra, con estrategias distintas según el caso, sin conflicto de intereses dentro de un mismo asunto.

03

Orden documental

Preparamos los antecedentes contables y jurídicos que exige el procedimiento para evitar rechazos por falta de información.

04

Atención online en todo Chile

Atendemos a distancia y coordinamos las gestiones con los tribunales y la Superintendencia, con comunicación clara en cada etapa.

LEY 20.720

"Tenemos experiencia demostrable y una confianza que nos respalda."

Carolina Pastén A. · Abogada Fundadora
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Preguntas frecuentes sobre la Ley 20.720

Respondemos las consultas más frecuentes de empresas, personas y acreedores sobre reorganización, liquidación y renegociación.

¿Qué es la Ley 20.720 y para quién sirve? +
La Ley 20.720 es la norma chilena que reemplazó el antiguo régimen de quiebras y regula los procedimientos concursales de reorganización y liquidación de empresas y personas. Sirve a deudores que no pueden cumplir sus obligaciones y a acreedores que buscan cobrar de manera ordenada. Para una empresa deudora existen la reorganización y la liquidación, y para una persona deudora, la renegociación y la liquidación. Cuál corresponde depende del tipo de deudor y de si el negocio tiene opciones reales de continuar. Una guía general está en derecho comercial para empresas.
¿Qué diferencia hay entre reorganización y liquidación? +
La reorganización permite a una empresa con dificultades proponer a sus acreedores un acuerdo para reestructurar sus pasivos y seguir operando, bajo la fiscalización de un veedor. La liquidación, en cambio, procede cuando no hay viabilidad de continuar o no se logra un acuerdo: se realizan los bienes del deudor y su producto se reparte entre los acreedores según el orden legal, a cargo de un liquidador. Elegir mal el camino reduce las alternativas, de modo que se recomienda evaluar con tiempo antes de acumular más demandas.
¿Cómo funciona la renegociación de deudas de una persona? +
La renegociación de la persona deudora es un procedimiento para personas naturales que no han sido contribuyentes de primera categoría en los últimos 24 meses. Se tramita ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento y busca acordar con los acreedores una nueva forma de pago. La Superintendencia exige, entre otros requisitos, mantener dos o más obligaciones morosas por más de noventa días, y declaraciones juradas con sus respaldos. Si el acuerdo no se logra, el caso puede pasar a liquidación. Antes de presentar la solicitud conviene reunir un listado completo de deudas y acreedores.
¿Puedo hacer la renegociación o la liquidación sin abogado y cuánto cuesta? +
La renegociación se tramita ante la Superintendencia y no exige contratar abogado, pero tiene requisitos de forma que, si se cumplen mal, pueden retrasar o cerrar el trámite. En los procedimientos que pasan por tribunales, como la liquidación, conviene contar con asesoría jurídica. El costo depende de la complejidad, de los honorarios del abogado y, en la liquidación, de los gastos y la remuneración del liquidador, que la ley regula. No hay un monto único, y una evaluación previa permite estimarlo con realismo. Para el patrocinio, consulte a abogados de derecho comercial.
¿Qué pasa con los juicios y embargos cuando se inicia un procedimiento concursal? +
En la reorganización, la protección financiera concursal limita por un período las acciones de cobro contra la empresa, mientras se negocia el acuerdo. En la liquidación, la resolución que la declara cambia la situación del deudor, que pierde la administración de sus bienes, y los acreedores deben verificar sus créditos en el procedimiento. Los efectos exactos y los plazos los fija la ley y dependen del tipo de procedimiento. Si ya tiene demandas en curso, vea cómo funciona el juicio ejecutivo antes de decidir.
¿Puede un acreedor pedir la liquidación de su deudor? +
Sí, en ciertos casos un acreedor puede solicitar la liquidación de una empresa deudora cuando se configuran las causales que fija la Ley 20.720 (artículo 117), como el incumplimiento de obligaciones con título ejecutivo o ejecuciones infructuosas. No es un cobro individual, sino un procedimiento colectivo donde participan todos los acreedores. Antes de pedirla conviene evaluar si el deudor tiene bienes suficientes, porque puede ser más eficaz una cobranza directa. Para ese análisis, consulte con abogados de cobranza judicial.
¿Cuánto demora un procedimiento concursal? +
No existe una duración fija, porque depende del tipo de procedimiento, de la cantidad de acreedores, de la verificación de créditos, de la realización de los bienes y de las impugnaciones que se presenten. Una renegociación y una liquidación de una empresa grande no se comparan. La ley fija plazos para cada etapa, pero los tiempos reales varían según el caso. Preparar los antecedentes completos al inicio, como los estados financieros, el listado de acreedores y los contratos vigentes, suele ayudar a evitar retrasos.
¿Qué créditos se pagan primero en una liquidación? +
Los créditos se pagan según el orden de prelación que fija la ley. Los de primera clase van primero, y entre ellos están las remuneraciones y cotizaciones de los trabajadores y ciertos créditos del Fisco (artículo 2472 del Código Civil), salvo los créditos con garantía sobre el bien gravado. Después se pagan los demás créditos preferentes y, al final, los comunes en proporción a lo que quede. Que un crédito tenga preferencia no significa que se pague completo si los bienes no alcanzan. Los trabajadores deben verificar igualmente sus créditos. Para reclamos de ese tipo vea abogados laborales.

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Analizaremos su situación y le explicaremos con claridad qué procedimiento de la Ley 20.720 resulta más adecuado.

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